SERVICIOS CALIFICADOS COMO DE EXPORTACIÓN
Para que un servicio sea calificado como exportación, el Servicio de Aduanas exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) El servicio debe consistir en una obra material e intelectual susceptible de ser verificada en su existencia real y en su valor. El valor deberá ser determinado conforme a las normas de valoración vigentes.
b) El servicio debe ser realizado materialmente en Chile y utilizado exclusivamente en el extranjero, con excepción del servicio de transporte interno que se preste a mercancías en tránsito por el país.
c) El servicio debe ser prestado a personas sin domicilio ni residencia en el país.
d) El servicio no debe estar encaminado a generar o incentivar importaciones al país.
Los servicios prestados por comisionistas no serán considerados como exportación.
Tampoco se otorgará tal calificación al arrendamiento de bienes de capital y marcas comerciales, ni a aquellos servicios que estén encaminados a originar, incentivar o permitir una actividad de importación de mercancías al país.
Los requisitos señalados deberán ser cumplidos en forma copulativa, de no cumplir uno de ellos, el o los servicios no podrán ser calificados como exportación.
EJEMPLOS DE SERVICIOS CALIFICADOS COMO EXPORTACIÓN
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Investigaciones y Estudios.
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Investigaciones de Mercado.
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Asesorías.
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Consultorías
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Diseño Arquitectura e Ingeniería.
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Organización, Utilización y Optimización de Recursos Humanos y de Inversión.
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Reparaciones e instalaciones navales.
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Transporte de carga de mercancías en tránsito o análisis de pureza, calidad, rendimiento, variedades y producción de semillas.
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Manipuleo de carga, estiba, cambios de embalaje, porteo, almacenaje, romaneo, etc., de carga de exportación.
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Transporte de carga internacional terrestre, etc.
A partir del 17/11/2004 a través de Oficio Circular de la Dirección Nacional de Aduanas Nº283, se establece que los servicios prestados en la producción de largometrajes, películas, spots publicitarios, como también los programas computacionales (software) son calificados como exportación de servicios, previo cumplimiento de las normas y requisitos contenidos en la Resolución Nº 3635 de la Dirección de Aduanas.